CAUSALES DE EXCLUSIÓN

  • Mala Conducta Comprobada.
  • Causar grave perjuicio a la Cooperativa.
  • Reincidencia en las causales de suspensión.
  • Obtener por medio fraudulentos beneficios de la Cooperativa para sí o para terceros
  • Pérdida de la capacidad legal debidamente comprobada

Cuando se pretendiere excluir a un asociado, el Concejo de Administración le notificará que en su próxima sesión se conocerá sobre su exclusión, previéndole que se presente a manifestar si se defenderá por si o nombrará persona para que lo haga en su nombre.

Si dentro de los tres días siguientes a la notificación el asociado no se presentare o no dijere nada, el Concejo de Administración le nombrar un defensor que asumirá su defensa en el día señalado para tratar sobre el pretende excluir ningún miembro de los órganos directivos de la Cooperativa.

El asociado excluido por el Concejo de Administración podrá apelar ante la próxima Asamblea General y en Ultima instancia ante la misma.